La opinión del juez de Menores, Dr. Oscar Davini
“Un niño que llega al delito, llega ahí
porque es un niño en situación de riesgo”
El juez de Menores y a la vez Correccional en suplencia, Dr. Oscar Davini, visitó el programa televisivo Cierre de Edición y allí explicó cuál es la situación actual de la justicia ante el incremento de los delitos cometidos por menores de edad y cuál es la respuesta que brinda el sistema judicial.
El sistema judicial argentino se basa en un “determinado marco teórico” delimitado por “código procesal de menores pero también por el bloque de convencionalidades”, es decir los convenios y tratados internacionales firmados por nuestro país y que no se pueden violar o ignorar, señaló el Juez Oscar Davini. “Cuanto tenemos que juzgar tenemos que tener en cuenta toda esa normativas, no solo la ley nacional sino todos los tratados internacionales de derechos humanos de los que Argentina forma parte”, aclaró.
“Para nuestra ley existe el menor no punible que es el que no cumplió 16 años y los que tienen entre 16 y 17 son punibles relativamente con respecto a ciertos delitos, por ejemplo que no tengan penas más de 2 años”. Agregó que “cuando la policía nos comunica de un delito cometido por un menor de 16 nosotros no tenemos modo de privarlo de la libertad”. En ese sentido detalló que si es un menor punible “se le toma declaración indagatoria, sino se le toma una simple declaración informativa, no se le imputa ningún hecho”.
Inimputables
Explicó que la diferencia es que si es “indagatoria, se le imputa un hecho y pasa a tener todos los derechos que tiene cualquier imputado en cualquier delito. El código procesal y todas las norma internacionales dicen que el niño, desde la primer noticia de estar imputado, tiene derecho a defensa, a ofrecer pruebas, a ofrecer testigos, a no declarar contra si mismo, etc. No es que un menor no punible no tenga derecho a defensa sino que directamente no le imputamos un hecho”.
A este último “le relatamos la denuncia y le preguntamos qué quiere decir sobre eso. No le podemos aplicar pena, no lo podemos juzgar”. Puntualizó que la mayoría de los tratados internacionales dicen que la edad mínima del niño al sistema penal no puede ser menor a la de 12 años (en Argentina es a los 16) “pero a su vez insta a los estados que no sea demasiado temprana”. El cumplimiento de esta norma por parte de los estados firmantes de las convenciones es monitoreada en forma permanente por el Comité Internacional de los Derechos del Niño.
Fracaso de todos
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